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La Ordenanza 5027/23 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y su Reglamentación, regulan un nuevo sistema de disposición de residuos en la zona céntrica de Roca, actualmente comprendida por las calles Tucumán, Mitre, 9 de Julio y sus intersecciones entre San Juan y Mendoza.

Entre otras cosas, se dispone:

√ El retiro de los contenedores comunitarios de calle Tucumán.

√ La obligatoriedad por parte de los frentistas de esta zona de separar sus residuos en origen y colocar un canasto o contenedor móvil en el caso de los comercios.

√ La implementación de un nuevo sistema de recolección diferenciada.

Contando con más de 58 Puntos Limpios en diferentes sectores de la ciudad, seguimos impulsando la Separación de Residuos en Origen. A fin de garantizar la correcta implementación del nuevo Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, se realizarán controles en forma regular y los incumplimientos detectados serán sancionados.

Mirá todos los detalles acá:

– Link Ordenanza 5027/23 Aquí.

– Link Reglamentación Resol. 2961/23 Aquí.

– Link síntesis de aspectos centrales Aquí.

Preguntas frecuentes:

1) ¿Los desechos irán todos en un mismo vehículo? ¿Se respetará la separación en origen?
La recolección de las diferentes porciones de residuos se realizará en distintos días (lunes-miércoles- viernes residuos secos y martes-jueves-sábado-domingo residuos húmedos), con lo cual no existe la posibilidad de que se arruine la separación al momento de su recolección.

2) ¿Los comercios pueden tener canastos fijos??
NO. Los comercios deben tener el contenedor móvil según lo estipulado por la Ordenanza, si son comercios que generan poca cantidad de residuos pueden asociarse con otros comercios para la compra y uso compartido de los contenedores móviles.

3) Los comercios cuyos locales estén situados en edificios pueden hacer uso de los canastos fijos del edificio?
SI, siempre y cuando se cuente con un acuerdo formal entre el comercio y el consorcio del edificio. También se deberá tener en cuenta que el volumen de residuos no desborde el canasto.

4) ¿Es obligatorio el uso de bolsas de color?
NO. Las bolsas de colores para diferenciar el tipo de residuos no son obligatorias, su uso es opcional. Lo que sí es obligatorio es cumplir con los días que está dispuesto sacar cada tipo de residuo.

5) ¿Los comercios deben tener dos contenedores para cada tipo de residuo?
NO, un solo contenedor es suficiente para disponer los residuos en la vía pública de acuerdo a los horarios establecidos para ello. Lo que sí es obligatorio es cumplir con los días que está dispuesto sacar cada tipo de residuo.

6) Para los generadores especiales es obligatorio contar con el servicio de recolección especial?
SI. Aquel comercio que cuente con un servicio de recolección privado deberá presentar en el municipio un certificado de recolección y disposición final de residuos en los sitios habilitados para tal fin.

Consultas:

Al teléfono 4431400 int. 2306/2308 o al celular 2984692078, de lunes a viernes de 7 a 13 hs. Por mail: medioambiente@generalroca.gob.ar.

VENCIMIENTO DE TASAS

RETRIBUTIVAS
Periodo 1er venc 2do venc.
3 08/05/2024 15/05/2024
4 10/06/2024 17/06/2024
COMERCIO
Periodo 1er venc 2do venc.
3 30/04/2024 07/05/2024
4 31/05/2024 07/06/2024
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