Debido a la cantidad de consultas recibidas, la Secretaria de Servicio Públicos del Municipio, decidió extender hasta el 15 de agosto el periodo habilitado para la temporada de poda del arbolado público en Roca.
De acuerdo a la Ordenanza 4915/20 en vigencia, para realizar poda o extracción de plantas en la vía pública se debe presentar una solicitud y después de obtenido el permiso se podrá realizar la poda por parte del frentista en forma directa o contratando personal capacitado.
El régimen de multas para quienes dañen, destruyan, realicen poda sin previa autorización o extraigan árboles en la vía pública o depositen el producto de la poda en plazas o paseos, se aplicará la Ordenanza 4915/20 o en su defecto, el Código Municipal de Faltas.
Se recuerda que la única autorización válida para realizar Poda (invierno) o Extracción (todo el año) es el Acta labrada con firma y sello del funcionario actuante, que surge de la solicitud presentada en Mesa de Entradas o por mail a espaciosverdes@generalroca.gov.ar . La autorización se retira en Servicios Públicos, en calle España 1650 de la ciudad.
Se recuerda además que el retiro de ramas y troncos debe efectuarse en forma inmediata por parte del frentista del inmueble, estando prohibido depositarlo en plazas o espacios verdes, siendo el único lugar autorizado para depositar el producto de la poda es la Planta de Tratamiento de Residuos I, situada en calle Vintter frente al Parque Industrial I de Roca.