La Dirección de Medio ambiente recuerda a la comunidad que se encuentra prohibida de acuerdo a la Ordenanza Nº 4232/06, la emisión de olores pestilentes hacia la atmósfera, como así también la emisión de gases, polvos, nieblas, etc., que puedan causar perjuicios a la salud y/o bienestar de las personas.
En este contexto, se solicita a la población no realizar quema de papeles, hojas, pastos, ramas, plásticos, gomas, telas, etc., de residuos domiciliarios o restos de poda y hojas dentro de su propiedad o en la vía pública.
Residuos Domiciliarios
Con relacióna “Arrojo de Residuos en la Vía Pública” se recuerda que se encuentra en vigencia laOrdenanza Nº 2759/98 que prohíbe arrojar residuos y la permanencia de estos en lugares públicos o privados.
A tal efecto, se recomienda a los vecinos depositar los residuos en recipientes adecuados y dentro del horario de recolección establecido para el barrio o que se realice su traslado a la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Domiciliarios. La incorrecta disposición de Residuos genera hacia población además de un impacto visual desagradable, la emisión de olores pestilentes, reproducción de plagas y roedores y proliferación de insectos infectocontagiosos.
Es fundamental para la protección de la salud de todos los vecinos contar con la colaboración de la comunidad para la protección del ambiente y evitarse sanciones que contempla la mencionada Ordenanza.