Se recuerda a la población que se encuentra en vigencia la Ordenanza 4915/20, que regula la utilización de espacios públicos para la realización de deportes o entrenamientos.
Si bien muchos de estos espacios cuentan con senderos que son utilizados para transitar y/o correr, la práctica de actividades deportivas como partidos de futbol o entrenamientos competitivos en los espacios parquizados, no está permitida.
Debe tenerse en cuenta, por un lado, que la realización de actividades deportivas se encuentra limitada y supeditada a la aplicación de protocolos sanitarios específicos para cada actividad. Y por otra parte, que las plazas, parques y paseos de la ciudad cuentan con casillas para bombas, iluminación, aspersores que pueden estropearse por su uso inadecuado o sufrir roturas por golpes.
El mantenimiento de todos estos espacios que embellecen la ciudad es una tarea de todos los vecinos y vecinas, por ello se solicita el cuidado de los mismos, evitando romper plantas, árboles, remover el césped y cuidar todo lo que hace a estos espacios cada día más lindos.