La temporada de poda en Roca está habilitada durante los meses de Junio y Julio y todos los trabajos relacionados con cortes en el arbolado público que se hagan antes o después de la fecha indicada, son acciones que estipulan infracciones a la ordenanza y las multas correspondientes.
Esto se debe pura y exclusivamente por las características de las plantas ya que ante de Junio pierden su follaje y luego de julio se activa la circulación de la savia.
De acuerdo a la Ordenanza 4915/20 en vigencia, para realizar poda o extracción de plantas en la vía pública se debe presentar una solicitud que es canalizada a través de la Dirección Plazas Parques y Jardines de la Secretaria de Servicios Públicos
Se recuerda además que el retiro de ramas y troncos deberá efectivizarse de forma inmediata por parte del frentista del inmueble, estando prohibido depositarlo en plazas o espacios verdes.-
El régimen de multas para quienes dañen, destruyan, realicen poda sin previa autorización o extraigan árboles en la vía pública o depositen el producto de la poda en plazas o paseos, se aplicará la Ordenanza 4915/20 o en su defecto, el Código Municipal de Faltas.
La única autorización válida para realizar poda o extracción es la que cuenta con firma y sello del funcionario actuante, que surge de la solicitud previamente presentada y que se retira en calle España 1650 de nuestra ciuda