TRÁMITES TRIBUTARIOS
Solicitud de Exención o reducción de tasas Retributivas
Índice:
- Jubilados, pensionados y 3ra Edad (mayor de 65 años) – Ordenanza 4361/2007
- Discapacitados – Ordenanza 4563/2009
- Contribuyentes con menor capacidad de pago – Ordenanza 4670/2012
- Entidades sin fines de lucro y organizaciones no gubernamentales – Ordenanza 4096/2005
Jubilados, pensionados y 3ra Edad (mayor de 65 años) – Ordenanza 4361/2007
Beneficio:
Exención de hasta el 100% de la Tasa por Servicios Retributivos según monto de ingresos de los habitantes del inmueble.
Requisitos:
- 1-La sumatoria de los ingresos de los convivientes no supere el “haber mínimo previsional” informado por el ANSES (monto abonado en concepto de básico mas zona, incrementado en un 30%)
Dato actualizado: marzo 2017
- Beneficiario o cónyuge sea del inmueble:
- Titular dominial con escritura traslativa de dominio.
- Poseedor de boleto de compra venta sellado en DGR
- Adjudicatario del IPPV
- Usufructuario si la transferencia fue a titulo gratuito
- Única propiedad del beneficiario o cónyuge y/o del grupo familiar que conviva con el y que la habite en forma permanente.
- En caso de concubinato se acreditara con certificado de convivencia.
- Dictamen técnico profesional de la situación Socio-Económica realizado por la Secretaria de Acción Social.
Tramite a realizar por el contribuyente
Inicio:
Presentarse en la Municipalidad de General Roca – Dirección de Ingresos Públicos Municipales (Box 6) con la siguiente documentación
- Declaración Jurada (Bajar DDJJ).
- Original y Fotocopia de primera y segunda hoja del DNI del titular y convivientes
- Ultimo recibo de jubilación del titular y convivientes. De no tener ingresos sabana de aporte de ANSES.
- Original y fotocopia del Titulo de Propiedad, boleto de compra venta sellado en DRG, Adjudicación del IPPV según corresponda.
- De ser viudo/a certificado de defunción del cónyuge.
- Presentada la documentación, un asistente social visitara el domicilio a efectos de verificar los datos de la DDJJ.
Con el informe del asistente se resolverá el otorgamiento o denegatoria de la exención por el termino de un año desde la fecha de solicitud.
Renovación:
Presentarse en la Municipalidad de General Roca – Dirección de Ingresos Públicos Municipales (Box 6) con la siguiente documentación:
- Declaración Jurada (Bajar DDJJ)
- Original y Fotocopia de primera y segunda hoja del DNI del titular y convivientes
- Ultimo recibo de jubilación del titular y convivientes. De no tener ingresos sabana de aporte de ANSES.
- Cada dos años, el asistente social visitara el domicilio a efectos de verificar los datos de la DDJJ.
Con el informe del asistente (de corresponder) se resolverá el otorgamiento o denegatoria de la exención por el termino de un año desde la fecha de solicitud de la renovación.
DDJJ Ord Nro 4361 - Jubilados
Discapacitados – Ordenanza 4563/2009
Beneficio:
Exención de hasta el 100% de la Tasa por Servicios Retributivos según monto de ingresos de los habitantes del inmueble.
Requisitos:
- 1-La sumatoria de los ingresos de los convivientes no supere el “haber mínimo previsional” informado por el ANSES (monto abonado en concepto de básico mas zona, incrementado en un 30%) – Dato actualizado a marzo de 2017.
- Beneficiario sea del inmueble:
- Titular dominial con escritura traslativa de dominio.
- Poseedor de boleto de compra venta sellado en DGR.
- Adjudicatario del IPPV.
- Usufructuario si la transferencia fue a titulo gratuito.
- Habitante del inmueble (certificado mediante declaración jurada con testigos
- Única propiedad del beneficiario y del grupo familiar que conviva con el y que la habite en forma permanente.
- Dictamen técnico profesional de la situación Socio-Económica realizado por la Secretaria de Acción Social.
Tramite a realizar por el contribuyente
Inicio:
Presentarse en la Municipalidad de General Roca – Dirección de Ingresos Públicos Municipales (Box 6) con la siguiente documentación.
- Declaración Jurada (Bajar DDJJ).
- Original y Fotocopia de primera y segunda hoja del DNI del titular y convivientes.
- Ultimo recibo de jubilación del titular y convivientes. De no tener ingresos sabana de aporte de ANSES.
- Original y fotocopia del Titulo de Propiedad, boleto de compra venta sellado en DRG, Adjudicación del IPPV o declaración con dos testigos indicando que es habitante de la vivienda según corresponda.
- De ser viudo/a certificado de defunción del cónyuge.
- Certificado de discapacidad expedido por el Consejo Provincial del Discapacitado.
- Presentada la documentación, un asistente social visitara el domicilio a efectos de verificar los datos de la DDJJ.
Con el informe del asistente se resolverá el otorgamiento o denegatoria de la exención por el termino de un año desde la fecha de solicitud.
Renovación:
Presentarse en la Municipalidad de General Roca – Dirección de Ingresos Públicos Municipales (Box 6) con la siguiente documentación.
- Declaración Jurada (Bajar DDJJ)
- Original y Fotocopia de primera y segunda hoja del DNI del titular y convivientes.
- Ultimo recibo de jubilación del titular y convivientes. De no tener ingresos sabana de aporte de ANSES.
- Cada dos años, el asistente social visitara el domicilio a efectos de verificar los datos de la DDJJ.
Con el informe del asistente (de corresponder) se resolverá el otorgamiento o denegatoria de la exención por el termino de un año desde la fecha de solicitud de la renovación.
DDJJ Ord Nro 4563 - Discapacitados
Contribuyentes con menor capacidad de pago – Ordenanza 4670/2012
Beneficio:
Con el pago en termino de 6 cuotas consecutivas desde la aprobación del expediente de solicitud , se cancelan 6 cuotas mas intereses de la deuda devengada a la fecha del convenio.
Perdida del Beneficio:
El Beneficio se pierde automáticamente por el no pago de 3 cuotas consecutivas o 6 alternadas.
Requisitos:
- La sumatoria de los ingresos de los convivientes no supere el “haber mínimo previsional” informado por el ANSES (monto abonado en concepto de básico mas zona, incrementado en un 30%) – Dato actualizado a marzo de 2017
- Beneficiario sea del inmueble:
- Titular dominial con escritura traslativa de dominio.
- Poseedor de boleto de compra venta sellado en DGR.
- Adjudicatario del IPPV o tierras fiscales.
- Usufructuario si la transferencia fue a titulo gratuito.
- Poseer el titular y/o convivientes como máximo una propiedad.
- Dictamen técnico profesional de la situación Socio-Económica realizado por la Secretaria de Acción Social.
Tramite a realizar por el contribuyente:
Presentarse en la Municipalidad de General Roca – Dirección de Ingresos Públicos Municipales (Box 6) con la siguiente documentación:
- Declaración Jurada (Bajar DDJJ).
- Original y Fotocopia de primera y segunda hoja del DNI del titular y convivientes
- Ultimo recibo de haberes del titular y convivientes. De no tener ingresos sabana de aporte de ANSES.
- Original y fotocopia del Titulo de Propiedad, boleto de compra venta sellado en DRG o Adjudicación del IPPV según corresponda.
- De ser viudo/a certificado de defunción del cónyuge.
- Presentada la documentación, un asistente social visitara el domicilio a efectos de verificar los datos de la DDJJ.
Con el informe del asistente se resolverá el otorgamiento o denegatoria del beneficio.
Entidades sin fines de lucro y organizaciones no gubernamentales – Ordenanza 4096/2005
Beneficio según tipo de entidad:
- Exención del 100%:
- Entidades Religiosas reconocidas como tales por los inmuebles de su propiedad que estén destinados a su funcionamiento. Cuando las construcciones de su propiedad tengan destinos no necesarios para su funcionamiento, la exención se tomara según el porcentaje de superficies construidas.
- Centros de Jubilados y pensionados debidamente reconocidos
- Asociación de Bomberos Voluntarios de General Roca por todas las propiedades de las cuales sea titular y estén destinadas al cumplimiento de sus funciones especificas.
- Instituciones con fines exclusivos de carácter asistencial a personas con capacidades diferentes por todas las propiedades de las cuales sea titular o tengan el usufructo y sean totalmente destinadas a los fines específicos.
- Instituciones con fines exclusivos de carácter cultural por los inmuebles de su propiedad o usufructo destinados a los fines específicos.
- Centros Comunitarios.
- Representaciones consulares debidamente acreditadas.
- Fuerzas Policiales por los inmuebles de su propiedad.
- Bibliotecas Populares reconocidas por la CONABIP por los inmuebles de su propiedad o usufructo destinados a los fines específicos.
- Asociaciones y/o juntas vecinales legalmente constituidas
- Asociaciones deportivas barriales
- Exención del 80%:
- Asociaciones y/o agrupaciones sindicales y/o de representación gremial.
- Clubes y organizaciones de carácter deportivo que persigan la estimulación del deporte.
- Exención del 50%:
- Colectividades extranjeras que desarrollen actividades mutualistas reconocidas por el INAM por los inmuebles de su propiedad y destinados a los fines específicos de la entidad.
- Cooperativas de Trabajo legalmente constituida con reconocimiento de organismos nacionales y provinciales
- Las escuelas e instituciones Educacionales Oficiales Publicas que funcionen en edificios de propiedad de los estados Nacional, Provincial o Municipal.
- Escuelas e institutos educativos públicos de gestión privada.
- Escuelas e instituciones educacionales privadas incorporadas a la enseñanza oficial.
- Jardines Maternales, Guarderías, etc
Requisitos:
Acogerse a alguna de las modalidades de cancelación de deuda preexistente según cada caso
- Entidades con exención del 100% ( Inc. a-b-c-d-e-f-g-h-i-j-k ): Transcurridos dos años de la solicitud, si cancelara regularmente sus obligaciones, el poder ejecutivo, previo dictamen del tribunal de cuentas, dará por cancelada la deuda preexistente.
- Entidades con exención de 80% y 50% (Inc. l-m-n-o) : Se condona el 80% de la deuda existente y el saldo puede regularizarse mediante la adhesión a uno de los planes de pago vigentes.
- Entidades con exención de 50% ( Inc p-q-r-s ): Podrán regularizar sus deudas acogiéndose a uno de los planes vigentes y/o mediante un régimen de contraprestación de bienes y/o servicios a favor de actividades municipales.
Tramite a realizar por el contribuyente:
Presentarse en la Municipalidad de General Roca – Dirección de Ingresos Públicos Municipales (Box 6) con la siguiente documentación:
Entidades Religiosas:
- Copias certificadas de estatutos debidamente inscriptos en el Registro Nacional de Cultos.
- Copia certificada de designación de actuales autoridades.
- Certificado de local filiar por cada empresa por la que solicite exención.
- Titulo de propiedad o contrato donde consten los derechos sobre el inmueble que ocupan sobre el cual solicitan la exención.
- Solicitar modalidad de cancelación de deuda preexistente.
Bibliotecas:
- Titulo de propiedad o contrato donde consten los derechos sobre el inmueble que ocupan sobre el cual solicitan la exención.
- Certificado de CONABIP
- Solicitar modalidad de cancelación de deuda preexistente.
Colectividades Extranjeras con actividad mutualista:
- Copias certificadas de estatutos debidamente inscriptos en el INAM.
- Copia certificada de designación de actuales autoridades.
- Titulo de propiedad o contrato donde consten los derechos sobre el inmueble que ocupan sobre el cual solicitan la exención.
- Solicitar modalidad de cancelación de deuda preexistente.
Escuelas, Jardines, Guarderías, Inst. de Educ. Públicos y privados:
- Certificado de reconocimiento de organismos nacionales y provinciales.
- Titulo de propiedad o contrato donde consten los derechos sobre el inmueble que ocupan sobre el cual solicitan la exención.
- Solicitar modalidad de cancelación de deuda preexistente.
Cooperativas de Trabajo:
- Copias certificadas de estatutos debidamente inscriptos en el Registro Provincial de Cooperativas.
- Copia certificada de designación de actuales autoridades.
- Titulo de propiedad o contrato donde consten los derechos sobre el inmueble que ocupan sobre el cual solicitan la exención.
- Solicitar modalidad de cancelación de deuda preexistente.
Resto de Contribuyentes:
- Copias certificadas de estatutos debidamente inscriptos en Personas Jurídicas.
- Copia certificada de designación de actuales autoridades.
- Titulo de propiedad o contrato donde consten los derechos sobre el inmueble que ocupan sobre el cual solicitan la exención.
- Solicitar modalidad de cancelación de deuda preexistente